El fallo del juez federal Martín Cormick manifestó que “el deterioro salarial impacta no solo en los trabajadores universitarios, sino también en el derecho a enseñar y aprender”. Además, catalogó al Gobierno de tener una “conducta arbitraria y contraria” a lo establecido en la Constitución Nacional.
Después de que fracase el intento del Gobierno nacional por dejar firme su derogación dentro del Presupuesto 2026, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11 le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que ejecute de manera inmediata la Ley de Financiamiento Universitario. Cabe recordar que tras la insistencia del Congreso -dos tercios en ambas cámaras- sobre dicha normativa, el Gobierno nacional decretó la promulgación sin ejecución presupuestaria.
La decisión la tomó este martes el juez federal Martín Cormick en respuesta al amparo que habían presentado el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades del sistema universitario. En el fallo, el magistrado consideró al decreto 759/2025 -en donde el Ejecutivo comunicaba la no aplicación de la ley insistida- como “conducta arbitraria y contraria” a lo establecido en la Constitución Nacional.
Esta iniciativa le ha traído más de un dolor de cabeza al Poder Ejecutivo Nacional. Tanto es así, que incorporó su derogación junto a la Emergencia en Discapacidad, en el Capítulo XI del proyecto de ley de Presupuesto 2026. Sin embargo, la oposición y algunos aliados de La Libertad Avanza votaron en contra e hicieron caer el capítulo entero en el recinto de la Cámara de Diputados durante la madrugada del jueves pasado.
En otro punto, el juez rechazó la postura del Gabinete nacional y afirmó que “el deterioro salarial impacta no solo en los trabajadores universitarios, sino también en el derecho a enseñar y aprender”. Tras ello, explicó que el eventual ahorro fiscal tendría una incidencia reducida, estimada en alrededor del 0,23 % del PBI.
La ley fue vetada el 10 de septiembre por el presidente de la Nación, Javier Milei, e insistida en la Cámara de Diputados el 17 de ese mes con 174 votos a favor, 67 en contra y 2 abstenciones. Semanas después, el 2 de octubre, el Senado rechazó completamente el veto presidencial con 58 votos afirmativos, 7 negativos y 4 abstenciones. Debido a esto, Cormick consideró legitima la insistencia y agregó que “no admitiría, a priori, una variante suspensiva” para la aplicación.
Después de ser vetada en 2024, el Congreso de la Nación logró imponer la normativa en este 2025. La misma obliga al Gobierno nacional a actualizar, desde el 1º de enero de 2025, los montos destinados al funcionamiento de las universidades públicas. Según el texto, dicha actualización deberá realizarse conforme a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, correspondiente al período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2024.
Además, se deja fijada una actualización bimestral de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas durante todo 2025. La medida, que regirá desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre, se aplicará de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC; y obliga al Poder Ejecutivo a actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas por el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2023 y la sanción de la ley, en un porcentaje no inferior al IPC del mismo lapso.





















