Luego de que la comisión de juicio político de la Cámara de Diputados rechazara las acusaciones por mal desempeño, una presentación ante la Justicia Federal pide investigar la trazabilidad patrimonial, fiscal y financiera de los viajes internacionales de la vocal del Superior Tribunal.
El rechazo del juicio político contra la jueza Susana Medina de Rizzo, votado días atrás en la comisión de la Cámara de Diputados de Entre Ríos tras un acuerdo tejido fuera de escena, no clausuró el debate institucional en torno a su conducta. Por el contrario, una denuncia presentada ante la Justicia Federal acaba de reabrir el caso desde un ángulo distinto y potencialmente más delicado: el control patrimonial, fiscal y financiero de sus viajes internacionales, algunos de ellos realizados en aeronaves privadas de altísimo valor económico.
La presentación, firmada por Daniel Sarwer en carácter de pretenso querellante, evita formular imputaciones penales directas, pero solicita la apertura de una investigación judicial sobre hechos objetivos, verificables y documentados, que —según sostiene— no fueron agotados ni examinados en el proceso político que terminó absolviendo a la magistrada.
El dato 60: seseta viajes y vuelos privados de lujo
La denuncia toma como base informes oficiales de la dirección nacional de Migraciones incorporados al expediente legislativo, que consignan que Susana Medina realizó 60 viajes al exterior entre 2016 y 2025. El volumen y la frecuencia no son, por sí mismos, el centro del planteo. El punto crítico aparece en al menos cinco viajes realizados en vuelos privados, identificados con la matrícula N380SE, correspondiente a un Gulfstream G650, uno de los jets ejecutivos más costosos y exclusivos del mundo.
Ese avión —valuado en alrededor de 78 millones de dólares— fue utilizado para viajes a España, Cabo Verde y Colombia, con costos estimados de entre 240 mil y 400 mil dólares por trayecto ida y vuelta, sin contar gastos adicionales de operación, combustible, tripulación y servicios premium.
Según la denuncia, no existe certificación pública ni judicial que determine quién financió esos vuelos, si fueron pagados por la magistrada o por terceros, si dichos beneficios fueron declarados en sus declaraciones juradas patrimoniales, ni bajo qué encuadre legal se justificó su aceptación.
Amistades, beneficios y deber reforzado de transparencia
Durante su declaración ante la comisión de Juicio Político, Medina reconoció su amistad personal con el empresario Eduardo Eurnekián y admitió haber viajado en aviones privados invitados por él. Ese dato, que en el ámbito legislativo fue considerado irrelevante o encuadrable dentro de relaciones personales, adquiere otra dimensión en la denuncia federal.
El escrito recuerda que, conforme doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los magistrados están sujetos a un estándar reforzado de transparencia, especialmente cuando reciben beneficios de alto valor económico provenientes de particulares. No se trata —subraya— de probar un intercambio de favores, sino de preservar la apariencia de imparcialidad, bien jurídico central para la credibilidad del poder judicial.
En ese marco, el uso reiterado de vuelos privados de lujo “difícilmente pueda ser encuadrado como un gesto de cortesía”, y debería haber sido debidamente declarado y justificado, ya sea como gasto propio o como beneficio recibido de terceros, conforme lo exige la ley de Ética Pública.
Lo que Diputados cerró, la Justicia debe verificar
El punto nodal de la denuncia es que el juicio político abordó el caso desde una óptica funcional y disciplinaria, pero no agotó el análisis patrimonial, fiscal ni financiero. La presentación sostiene que el dictamen legislativo no reemplaza ni condiciona la obligación del estado de investigar posibles irregularidades económicas cuando existen indicios objetivos.
Por eso, se solicitan medidas concretas: oficios a Migraciones, Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Unidad Información Financiera (UIF); reconstrucción de planes de vuelo; identificación de operadores y pagadores; y análisis de consistencia entre ingresos declarados y gastos relevantes.
Antecedentes que pesan
El escrito recuerda que la aceptación de viajes privados financiados por empresarios no es jurídicamente neutra. En los últimos años, la Justicia avanzó contra funcionarios como Amado Boudou y Ricardo Jaime por hechos similares, considerando que este tipo de beneficios puede constituir dádivas o ventajas indebidas, aun cuando se aleguen vínculos de amistad.
El estándar aplicado por los tribunales fue claro: no es necesario acreditar un favor concreto a cambio, sino evaluar si el beneficio compromete —o aparece comprometiendo— la independencia del cargo.
La denuncia también incorpora un capítulo institucional más amplio, reclamando que se certifique si las autoridades provinciales tomaron conocimiento formal de los hechos y si existieron omisiones relevantes frente a información de dominio público. En ese contexto, se solicita además que se acredite el estado procesal actual del exgobernador Sergio Urribarri, como antecedente relevante en una provincia marcada por causas de corrupción.
Incluso se deja constancia de que, ante la eventual inacción investigativa y dada la movilidad internacional y el uso de aeronaves privadas, se informará lo actuado a organismos internacionales, no como imputación, sino a los fines de prevención y trazabilidad financiera.
Lo que está en juego
El salvataje político permitió a Susana Medina sortear, al menos por ahora, el juicio político. Pero la denuncia federal introduce una pregunta más incómoda y profunda: cómo se controla la ética, la transparencia y la independencia real de quienes integran la cúspide del poder judicial.
La respuesta ya no depende de acuerdos parlamentarios ni de mayorías circunstanciales. Queda ahora en manos de la Justicia Federal decidir si los interrogantes planteados se despejan con documentación o si, por el contrario, el caso escala a una investigación de mayor alcance. En juego no está solo la conducta de una magistrada, sino la credibilidad institucional de un sistema que dice juzgar, pero que también debe estar dispuesto a ser juzgado.
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