La medida forma parte de la denuncia presentada por ARCA por retenciones impositivas y aportes previsionales no depositados entre 2024 y 2025
La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) no para de sumar problemas judiciales. El juez en lo Penal Económico Diego Amarante citó a declaración indagatoria a las máximas autoridades de la casa madre del fútbol argentino en una causa denunciada por Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) por presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social.
La medida alcanza al nefasto presidente Claudio “Chiqui” Tapia, al impresentable de su mano derecha, el tesorero Pablo Toviggino, al secretario general Cristian Malaspina, al director general Gustavo Lorenzo y al ex secretario general Víctor Blanco. Además, se requirió la indagatoria de la propia AFA como persona jurídica.
El orden citación será de la siguiente manera:
- Asociación del Fútbol Argentina y Claudio Fabián Tapia: 5 de marzo a las 10:30 y 12 respectivamente
- Pablo Ariel Toviggino y Gustavo Robeto Lorenzo: 6 de marzo a las 10:30 y 12 respectivamente
- Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Ariel Malaspina: 9 de marzo a las 10:30 y 12 respectivamente
En su resolución, Amarante destaca que “en atención a la gravedad de los hechos investigados, la severidad de la pena en expectativa vinculada tanto a la eventual calificación jurídica que a aquéllos pudiera corresponderle como a la aplicación de las reglas del artículo 55 del Código Penal, y en miras a garantizar la regular realización de los actos procesales que aquí se ordenan, corresponde decretar la prohibición de salida del país de los nombrados“.
Según la denuncia presentada en diciembre de 2025 y luego ampliada, la entidad habría retenido impuestos nacionales, como IVA y Ganancias, y aportes previsionales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025sin depositarlos dentro del plazo legal de 30 días corridos. En total, se investigan 69 hechos por un monto acumulado que supera los $19.300 millones.
ARCA detalló que inicialmente se detectaron obligaciones impagas por $7.593 millones y que, tras una ampliación, el monto se elevó en $11.759 millones adicionales. El organismo sostuvo que los importes retenidos “no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención“, por lo que su falta de ingreso configuraría una apropiación indebida de caudales públicos.
La acusación encuadra en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario, que prevén penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención que no ingresen los montos al fisco cuando superan los mínimos establecidos. Desde el punto de vista jurídico, ARCA afirmó que el delito se consuma con dolo, entendido como el conocimiento del deber legal y la posibilidad real de cumplirlo, sin que resulte exigible una intención especial de apropiación.
Entre las pruebas aportadas figuran informes bancarios que darían cuenta de acreditaciones en cuentas de la AFA y la constitución de plazos fijos en pesos y dólares, lo que, según el organismo, demostraría capacidad financiera para afrontar las obligaciones.
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