El Tribunal Oral Penal Económico 3 aplicó la nueva norma que elevó los montos mínimos para considerar delito la falta de pago de impuestos. El proceso contra la empresa Austral Construcciones seguirá activo únicamente por el ejercicio 2012
a entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal cambió la situación judicial del clan Báezen una causa que investigaba millonarias deudas impositivas a través de la firma Austral Construcciones SA: este martes, el Tribunal Oral Económico Nº 3 dispuso el sobreseimiento parcial del empresario kirchnerista Lázaro Báez, sus hijos y otras 11 personas.
El expediente judicial analizaba la falta de pago del Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a las Ganancias y la tasa prevista en el artículo 37 de la ley de Ganancias. Los períodos fiscales bajo revisión abarcaban los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014.
La nueva legislación fijó que la evasión simple requiere un monto superior a los $100.000.000 por cada tributo y por cada ejercicio anual. Para los casos de evasión agravada, la cifra mínima ascendió a$ 1.000.000.000. La norma también penaliza la utilización de facturas falsas cuando el perjuicio económico supera los $ 100.000.000.
Frente a este nuevo escenario normativo, los abogados defensores solicitaron el sobreseimiento de sus asistidos. Argumentaron que los montos evadidos en el pasado quedaron por debajo de los nuevos límites legales. El derecho penal argentino obliga a aplicar la norma vigente si esta resulta más beneficiosa para los acusados, incluso de manera retroactiva.
El fiscal general Diego Velasco rechazó los pedidos de las defensas. Sostuvo que la Ley 27.799 representa únicamente una actualización de montos para compensar la depreciación de la moneda y no constituye una ley penal más benigna. Exigió avanzar con la realización del juicio oral y público.
La parte querellante mostró una postura distinta. El abogado Nicolás Dertinopulos, en representación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anticipó que no presentaría oposición si los montos quedaban por debajo de los nuevos umbrales. Aclaró que la acción penal continuaba vigente para los períodos fiscales con sumas superiores a ese piso.
Ante ese panorama, los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli desestimaron el planteo del fiscal y fundamentaron su decisión en la aplicación de la Ley 27.799, conocida como Ley de Inocencia Fiscal.
El juez Zabala destacó en su voto que los montos determinados para las evasiones imputadas no alcanzan los requisitos establecidos por la nueva ley, a excepción de los correspondientes al año 2012. Machado Pelloni, quien el pasado 12 de febrero resultó sorteado para integrar el tribunal que llevará a cabo el juicio Hotesur-Los Sauces, respaldó esta decisión, basándose en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que impone la aplicación retroactiva obligatoria de la ley penal más benigna.
Luciana, Leandro y Martín Báez, en tres fotografías individuales.
La jueza Perilli sumó argumentos vinculados al espíritu de la reforma. Transcribió el mensaje del Poder Ejecutivo Nacional que acompañó el proyecto original. El texto oficial busca “racionalizar la normativa penal tributaria vigente con el fin de ordenar el ejercicio del poder punitivo” y “castigar de manera proporcional, efectiva y focalizada aquellas conductas que impliquen un perjuicio real y significativo a la hacienda pública”.
El fallo judicial detalla las cifras exactas del conflicto para Austral Construcciones SA. En 2010, los montos alcanzaron $23.959.038 en IVA y$ 46.461.367 en Ganancias. En 2011, treparon a $99.964.224 en IVA y$ 90.014.387 en Ganancias. En 2013, los valores descendieron a $8.753.187 en IVA y$ 8.495.232 en Ganancias. En 2014, el registro marcó $59.954.725 en IVA y$ 22.860.611 en Ganancias. Ninguno de estos números superó el nuevo piso legal de $ 100.000.000.
El único año que excedió el límite fue 2012. Durante ese ejercicio, la empresa registró deudas por $113.190.286 en concepto de Impuesto al Valor Agregado y$ 178.037.143 por Impuesto a las Ganancias.
En su resolución, el tribunal dictó el sobreseimiento parcial de Lázaro Báez y de sus hijos Martín y Luciana. A su vez, dispuso el sobreseimiento total de su hijo menor, Leandro Báez. La decisión también benefició, con cierres totales o parciales, a otros implicados vinculados a la compañía: Julio Mendoza, César Andrés, Claudio Bustos, Eduardo Arrejín, Mario Delgado, Tomás Garzón, María Cristina González, Gastón Lemoine, Emilio Martín, Ariel Nieto y Hugo Uribe.
El proceso judicial principal sigue abierto. El tribunal ordenó continuar el trámite de la causa según su estado respecto de los hechos relacionados con el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado correspondientes al ejercicio 2012.
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