La letra de la disposición explica que “habiendo finalizado las razones que fundaron inicialmente la implementación inmediata de la aplicación “Cuid.AR”, indudablemente necesaria en el contexto de pandemia, es menester suprimir la aplicación de los sistemas, e iniciar los trámites pertinentes ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales a fin de dar de baja las mentadas bases de datos involucradas en la aplicación y suprimir de manera definitiva e irreversible los datos allí contenidos“.

La Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales establece en su artículo N.° 22 que “las normas sobre creación, modificación o supresión de archivos, registros o bancos de datos pertenecientes a organismos públicos deben hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial de la Nación” o mientras que el artículo 4 dispone que los datos contenidos en las bases de datos “…deben ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los cuales hubiesen sido recolectados”.

Genera sospecha que el Gobierno decida borrar una base de datos de un hecho como la pandemia del COVID, que dejó miles de muertos, fundidos, desocupados y enfermos. Si fue tan grave como se nos hizo creer, que será lo que con ello se busca ocultar?

El Gobierno explica en el Boletín Oficial que considera que “las razones que fundaron inicialmente la implementación inmediata de la aplicación Cuid.AR, indudablemente necesaria en el contexto de pandemia” ya no se aplican al contexto actual por lo que es “menester suprimir la aplicación de los sistemas, e iniciar los trámites pertinentes a fin de dar de baja las mentadas bases de datos involucradas en la aplicación y suprimir de manera definitiva e irreversible los datos allí contenidos“.

Con información del Cronista ySEPRIN