Inocencia Fiscal II: funcionarios del Ejecutivo explicaron los lineamientos del nuevo proyecto
Fue en el marco de un plenario de comisiones de la Cámara baja donde, en la primera reunión informativa, expusieron la subsecretaría de Ingresos Públicos, el Director Nacional de Impuestos y el director del Banco Central.
El oficialismo en la Cámara de Diputados dio este miércoles el puntapié inicial al debate del proyecto de ley de Inocencia Fiscal II con la exposición de funcionarios del Ejecutivo que explicaron los lineamientos centrales de la nueva iniciativa que tiene como objetivo incentivar a los contribuyentes a adherir a este régimen, dado que desde el Gobierno estiman que hay unos 170 mil millones de dólares fuera del sistema financiero.
El tratamiento se dio en el marco de una reunión informativa en en plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Legislación Penal, presididas Bertie Benegas Lynch y Laura Rodríguez Machado, respectivamente.
La titular de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, aclaró la ley original incluía en su articulado la modificación de normas que tienen relación con el derecho penal. Además, informó que en el proyecto no se modifica el piso, en virtud del cual, una persona puede ser considerado evasor o que sea una persona que pueda tener un apercibimiento administrativo o sanción o multa.
“Debemos dejar en claro que esta modificación no genera ningún tipo de beneficio, posibilidad de impunidad o modificación de la normativa penal que ya en su momento aprobó este Congreso”, comentó.
La primera expositora fue la subsecretaría de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, indicó que el vencimiento de la declaración jurada de ganancias se postergó para agosto por lo cual “es importante ampliar, lo que está hoy vigente, a otro universo de contribuyentes, teniendo en cuenta que la adhesión al régimen simplificado fue muy importante. Consideramos que está bien ampliarlo para que haya más cantidad de adhesiones”.
Balestrini aclaró que no hay “ninguna modificación” a ninguna norma de tipo penal y remarcó que “dentro del régimen vigente hay una gran parte que es para todos, hayan o no adherido al régimen de declaración jurada simplificado de ganancias. Son dos cosas distintas”.
La funcionara precisó que la principal modificación con el régimen actual es la ampliación del universo de personas que pueden realizar la adhesión. Así, recordó que se trata de un régimen para personas humanas residentes del país y, además, pueden regularizar sus fuentes nacionales como extranjeras.
“En absolutamente nada modifica la liquidación del impuesto a las ganancias, no hay ninguna exención adicional, no hay ningún tratamiento distintivo en el mecanismo de liquidación del impuesto a las ganancias. No hay que dejar de declarar ingresos, no hay que declarar más gastos, ninguna corrección en el mecanismo de liquidación del impuesto a las ganancias. Esto es lo que está vigente y este proyecto no tiene ninguna modificación”, especificó.
Además, indicó que todo aquel que adhiera al régimen simplificado de ganancias va a liquidar su impuesto como lo liquida aquel que está en el régimen general, pero se diferencia en que “el mecanismo de presentación de la declaración jurada es distinto porque se parte de información que el organismo administrador, que es ARCA, pone a disposición del contribuyente”.
La subsecretaria sostuvo que “los beneficios del régimen simplificado no se refieren a una distinción en la liquidación del impuesto. El impuesto es exactamente el mismo para el que está dentro o fuera del régimen. No se modifica con el proyecto”. Al hablar de la “distinción” explicó que se trata del “mecanismo, la operativización de cómo hacemos la declaración jurada”.
En esa línea, agregó: “Lo que van a obtener como beneficio es un efecto liberatorio del pago y una presunción de exactitud, es decir, si declara lo que realmente tenía hay un efecto liberatorio cuando realizo el pago que tiene que ser a la fecha de vencimiento”. En tanto, precisó que el texto actual establece parámetros objetivos para la adhesión, por lo que aquellos ciudadanos con ingresos mayores a mil millones o patrimonios superiores a 10 mil millones no pueden adherirse.
“No solo ampliamos a todo el universo, pero los grandes contribuyentes podrán adherir, pero no podrán acceder a ninguno de los beneficios o efectos que genera la adhesión al régimen simplificado. Esto está previsto en la reforma”, indicó y sumó: “Se decide ampliar el universo porque hasta el momento el grado de adhesión que hubo es de 450 mil personas. Nos parece apropiado ampliarlo”.
Balestrini también especificó que, a partir de esta iniciativa, las personas que se adhieran deben ser residentes argentinos todo el periodo; que la discrepancia significativa se aplicará sobre el impuesto determinado, no se limitan facultades del fisco, se aclara que cualquier bien personal que se adquiere o depósito de fondos que se realicen “deberá incluirse en la declaración jurada considerando como fecha de ingreso el momento en que manifieste esa adquisición”.
“Todo tiene que ver con dar certeza jurídica a cuestiones que se plantearon. La principal modificación es ir por un sistema tributario que se acentúe más la simplificación. No es más que eso el proyecto”, cerró.
Por su parte, el Director Nacional de Impuestos, Juan José Imirizaldu, hizo un análisis comparativo entre la ley vigente y el proyecto de ley en debate.
“El primer tema a considerar es que, en cuanto a los lineamientos generales, la ley no sufre ninguna modificación, esto es que sigue comprendiendo al mismo universo de sujetos, que son las personas humanas y las asociaciones indivisas. Es decir, no entran las sociedades dentro de este régimen simplificado, para ello, esas personas humanas continúan o deben continuar cumpliendo la condición de ser residentes fiscales argentinos”, explicó Imirizaldu.
A continuación, Martín Vauthier, director del Banco Central, realizó una exposición basada en el contexto macroeconómico y argumentó que la iniciativa se inscribe en una serie de medidas tendientes al desarrollo y crecimiento sostenido del PBI de Argentina.
“Cuando uno mira las estimaciones de los montos de billetes en moneda extranjera que tienen los argentinos fuera del sistema financiero, estamos hablando de aproximadamente 170 mil millones de dólares, probablemente eso sea un piso. Y para ponerle un orden de magnitud, eso es un número obviamente enorme, hoy los depósitos privados en el sistema financiero en moneda extranjera son un poco más de 40 mil millones de dólares”, especificó Vauthier.
“Con lo cual, para ponerlo en dimensión, estamos hablando de un stock de billetes fuera del sistema de entre cuatro y cinco veces los depósitos privados en moneda extranjera. Esto es un número enorme y obviamente el objetivo de la ley es permitir que los argentinos puedan formalizar estos ahorros sin sufrir ninguna penalidad”, agregó.
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