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El Gobierno busca recortar por ley el régimen de zona fría y limitar el subsidio al gas a regiones con clima extremo

El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que redefine el régimen de zona fría: mantiene el beneficio pleno solo para la Patagonia, Malargüe y la Puna, y lo restringe en el resto del país a hogares vulnerables incluidos en el esquema de subsidios focalizados.

El Poder Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley que propone una readecuación profunda del régimen de subsidios al consumo residencial de gas natural en zonas frías, con el objetivo declarado de reducir el déficit fiscal, ordenar las cuentas del sistema energético y limitar el beneficio a regiones con “efectiva severidad climática”.

La iniciativa —firmada por el presidente Javier Milei; el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni— ingresó por la Cámara baja y cuestiona de manera explícita la ampliación del régimen dispuesta por la ley 27.637, sancionada en 2021, y plantea una segmentación más estricta, tanto geográfica como socioeconómica.

Según el mensaje de elevación, la extensión territorial del beneficio “desnaturalizó el carácter focalizado del sistema”, al incorporar zonas “sin condiciones climáticas equivalentes”, lo que derivó en “un incremento significativo del universo de beneficiarios, del costo fiscal del régimen y de la magnitud de los subsidios cruzados entre jurisdicciones”.

El texto recuerda que el esquema original de zona fría, creado cuando Gas del Estado prestaba el servicio, establecía tarifas equivalentes al 50% de la tarifa plena exclusivamente para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Ese esquema fue financiado por el Tesoro hasta 2002 y luego pasó a sostenerse mediante un fondo fiduciario financiado con un recargo sobre el consumo de gas en todo el país.

Uno de los ejes centrales del proyecto es la reformulación del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas. Aunque se mantiene el recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, el Gobierno advierte que “aun con el valor actual del siete coma cinco por ciento (7,5 %) no alcanzan los fondos para pagar todo el subsidio correspondiente al Régimen de Zona Fría y se necesitan fondos adicionales del Tesoro Nacional”.

Esa situación, sostiene el Ejecutivo, derivó en una ruptura de la cadena de pagos: “La escasez de fondos y el déficit fiscal han derivado en la falta de pago a las Distribuidoras y Subdistribuidoras y la consecuente ruptura de la cadena de pagos del gas a productores”, señala.

A partir de ese diagnóstico, el proyecto redefine quiénes conservarán el beneficio. Para la Patagonia, Malargüe y la Puna se mantienen los subsidios al consumo residencial de gas natural y gas propano por redes. En cambio, para las zonas incorporadas por la ampliación de 2021, el beneficio quedará limitado a los hogares de menores ingresos incluidos en el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), creado por decreto a fines de 2025.

“El objetivo es garantizar una adecuada segmentación no solo geográfica de los usuarios, sino también socioeconómica, conforme a principios de equidad, uso eficiente de los recursos públicos y responsabilidad fiscal”, señala el mensaje presidencial.

El texto establece que los hogares de las zonas ampliadas solo recibirán una bonificación adicional por zona fría si están inscriptos en el SEF, que abarca a familias con ingresos netos menores o iguales a tres canastas básicas totales, y a beneficiarios de programas específicos como el ReNaBaP o la pensión a veteranos de Malvinas.

Otra modificación clave es que el subsidio se calculará exclusivamente sobre el precio del gas, y no sobre el total de la tarifa. Además, la compensación se pagará directamente a los proveedores, excluyendo a distribuidoras y subdistribuidoras de la cadena de cobros, “eliminando el desacople entre la base de recaudación del Fondo y la obligación de pago”.

El proyecto también deroga varios artículos centrales de la Ley 27.637, dejando sin efecto el esquema de beneficios generalizados aprobado durante el gobierno de Alberto Fernández.

En el mensaje al Congreso, el Poder Ejecutivo resume la lógica del cambio con una definición política clara: “Corresponde asegurar que la aplicación del Fondo se limite a hogares ubicados en zonas de efectiva severidad climática”, dado que el régimen se financia con cargos que pagan “la totalidad de los usuarios del país”.

Parlamentario.com