Cómo funcionará el nuevo plan del Gobierno para cancelar deudas: tasas, cuotas y pagos a cuenta
El Gobierno extendió hasta el 31 de octubre de 2026 las deudas que pueden ingresar al régimen. Las pymes podrán financiar obligaciones en hasta 18 cuotas, con una tasa mensual del 2,75% y anticipos según su categoría.
El Gobierno Nacional amplió el alcance del plan de facilidades de pago de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para que las empresas puedan regularizar una mayor cantidad de obligaciones tributarias. El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció la extensión del período de deudas alcanzadas hasta el 31 de octubre de 2026 y la posibilidad de financiar los compromisos en hasta 18 cuotas, con el objetivo de aliviar las dificultades financieras que atraviesan las pequeñas y medianas empresas (pymes).
La modificación permite incorporar cuatro meses adicionales de obligaciones vencidas, ya que el régimen contemplaba anteriormente deudas hasta el 30 de junio. La medida busca ofrecer mayor margen financiero a las compañías que necesitan ordenar sus compromisos fiscales sin tener que afrontar todos los pagos de manera inmediata.
Caputo realizó el anuncio durante el encuentro anual de la Unión Industrial Argentina (UIA), desarrollado en el Golden Center, donde presentó un paquete de cuatro medidas orientadas a impulsar la actividad productiva y mejorar las condiciones financieras del sector privado.
«Vamos a extender el plan de pago para las deudas hasta el 31 de octubre y les vamos a dar también 18 meses de plazo para que tengan más holgura financiera, porque obviamente entendemos que el costo financiero para las pymes es un problemón y no es necesariamente algo que se va a solucionar en un mes o dos», sostuvo el ministro.
La iniciativa mantiene el funcionamiento general del programa: permite financiar obligaciones fiscales, pero no contempla quitas de capital, intereses ni multas. Para ingresar, los contribuyentes deben cumplir con los requisitos establecidos, realizar un pago inicial y afrontar las cuotas correspondientes con la tasa de financiación prevista.
Cuatro meses más para incorporar deudas vencidas con ARCA
La gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi, explicó que el anuncio de Caputo debe diferenciarse de otra modificación administrativa establecida mediante la Resolución General 5920/2026, publicada el 30 de octubre en el Boletín Oficial.
Esa normativa prorrogó hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para adherirse a dos regímenes especiales de facilidades de pago que originalmente vencían el 30 de octubre. Sin embargo, la decisión anunciada por Economía incorpora un cambio adicional: amplía la fecha límite de las obligaciones que pueden incluirse en los planes.
Con el nuevo corte al 31 de octubre, las empresas podrán sumar cuatro meses adicionales de deudas vencidas, siempre que cumplan con las condiciones de adhesión. Según Girardi, esto representa un beneficio financiero porque permite reorganizar tanto los pasivos tributarios acumulados como los compromisos fiscales más recientes.
La especialista señaló que la ampliación responde a las dificultades de liquidez que enfrentan numerosas compañías, que deben regularizar obligaciones anteriores mientras continúan afrontando nuevos vencimientos.
Al cierre de la información, todavía no se habían publicado las nuevas resoluciones que instrumentarán los anuncios de Caputo. Las consultas realizadas a fuentes de ARCA y del Ministerio de Economía no habían obtenido respuesta.
Cuáles son las condiciones del plan de pagos de ARCA
El régimen establece diferentes condiciones según el tamaño de cada empresa y el tipo de obligación que busca regularizar. Los anticipos y la cantidad máxima de cuotas varían de acuerdo con la categoría del contribuyente.
Para las obligaciones generales, las condiciones son las siguientes:
- Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro: pueden financiar sus deudas en hasta 18 cuotas, con un pago a cuenta del 5% del monto consolidado.
Medianas empresas de los tramos 1 y 2: cuentan con un máximo de 15 cuotas y deben realizar un anticipo equivalente al 10% de la deuda.
En el caso de las obligaciones vinculadas con retenciones y percepciones, los plazos son más reducidos. Las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro pueden acceder a un máximo de nueve cuotas, mientras que las compañías medianas tienen un límite de siete.
La tasa de financiación establecida para las micro, pequeñas y medianas empresas es del 2,75% mensual. Además, tanto el pago inicial como cada cuota deben alcanzar un importe mínimo de $50.000.
Para acceder al programa, las empresas deben contar con el Certificado MiPyME vigente y realizar el trámite a través del servicio Mis Facilidades de ARCA. El régimen tampoco establece un límite en la cantidad de planes que pueden presentar los contribuyentes.
Es importante destacar que el mecanismo no implica una condonación de las obligaciones tributarias. Las empresas deben cancelar la totalidad del capital adeudado, los intereses y las multas correspondientes. La ventaja consiste en distribuir esos compromisos en un cronograma de pagos que permita administrar mejor la liquidez.
Contadores valoraron la ampliación, pero cuestionaron la tasa de financiación
Los especialistas del sector contable valoraron la decisión del Gobierno de ampliar el universo de obligaciones que pueden incorporarse al régimen, aunque plantearon observaciones sobre el costo financiero y los anticipos exigidos para ingresar.
El contador Marcos Felice consideró positiva la extensión de las deudas alcanzadas y recordó que se trataba de un pedido que había realizado el sector antes de la prórroga del plazo de adhesión.
«Es algo que habíamos pedido antes de la prórroga de la adhesión. Es una buena idea ampliarlo a deudas vencidas a octubre», afirmó.
Sin embargo, Felice cuestionó las condiciones financieras del programa y consideró que la tasa debería contemplar mayores diferencias según el tamaño de cada contribuyente.
«La tasa no es la mejor, debería ser más escalonada para pequeños contribuyentes», señaló. Además, propuso eliminar el pago a cuenta que deben realizar las empresas al momento de adherirse.
Por su parte, Mariano Ghirardotti, titular del estudio Ghirardotti & Ghirardotti, también analizó el costo de la financiación y explicó que la tasa está vinculada con los intereses resarcitorios.
«Van a tasa de resarcitorios, con lo cual estás a 2,75% mensual, 33% anual. Es una tasa por encima de lo que rinden hoy los fondos comunes de inversión y los plazos fijos», afirmó.
El especialista también advirtió que el Estado debe evitar que los planes de regularización se conviertan en una alternativa de financiación demasiado conveniente frente a otras opciones del mercado. Según explicó, una reducción significativa de los intereses, combinada con la suspensión de embargos, podría incentivar una adhesión masiva y generar consecuencias sobre la recaudación.
Con la ampliación anunciada por Caputo, el Gobierno busca darles más margen de maniobra a las empresas para ordenar sus obligaciones tributarias y sostener su actividad. La extensión del período de deudas y la posibilidad de distribuir los pagos en hasta 18 cuotas apuntan a reducir la presión financiera sobre las pymes, sin modificar el monto total de los compromisos que mantienen con el fisco.
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