Impulsan incorporar el crimen de agresión al derecho penal argentino
Un proyecto presentado por los diputados Ramiro Gutiérrez y Mónica Frade propone modificar la Ley 26.200 para incorporar expresamente el crimen de agresión al ordenamiento jurídico nacional, en línea con las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional ratificadas por la Argentina.
Los diputados nacionales Ramiro Gutiérrez, de Unión por la Patria, y Mónica Frade, de la Coalición Cívica, presentaron un proyecto de ley para actualizar la normativa argentina sobre la Corte Penal Internacional e incorporar de manera expresa el crimen de agresión como delito sancionable en el país.
La iniciativa modifica diversos artículos de la Ley 26.200, que regula la implementación en la Argentina del Estatuto de Roma, con el objetivo de adecuarla a las enmiendas aprobadas en Kampala en 2010 y ratificadas por el Congreso mediante la Ley 27.318.
El proyecto incorpora una nueva figura penal denominada “crimen de agresión”, que alcanzaría a quienes, teniendo capacidad de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, planifiquen, preparen, inicien o ejecuten un acto de agresión que constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas. La pena prevista oscila entre 8 y 25 años de prisión.
La propuesta adopta la definición establecida por el artículo 8 bis del Estatuto de Roma y enumera como actos de agresión conductas tales como invasiones, bombardeos, bloqueos navales, ataques contra fuerzas armadas de otro Estado o la utilización del propio territorio para facilitar agresiones contra terceros países.
Entre otros aspectos, el texto establece que la acción penal y las penas correspondientes a este delito serán imprescriptibles, al igual que ocurre con otros crímenes internacionales contemplados en la legislación vigente. También prevé reglas específicas para determinar la responsabilidad penal, limitándola a quienes tengan capacidad efectiva de conducción política o militar.
En los fundamentos, los autores sostienen que la incorporación de esta figura completa la implementación interna de las enmiendas al Estatuto de Roma aprobadas por la comunidad internacional y ratificadas por la Argentina. Señalan además que el principio de legalidad exige una regulación expresa por parte del Congreso, ya que actualmente la Ley 26.200 no contempla una pena específica para el crimen de agresión.
Los legisladores remarcan que la iniciativa busca responsabilizar individualmente a quienes adopten decisiones de uso ilegítimo de la fuerza armada contra otros Estados, evitando atribuciones colectivas y preservando las garantías del debido proceso. A la vez, destacan que la reforma procura impedir una utilización política de la figura penal, reservándola para las formas más graves de agresión internacional.
El proyecto fue girado a las comisiones de Legislación Penal y de Relaciones Exteriores y Culto para su análisis parlamentario.
Parlamentario.com
