La Justicia ordenó la internación forzosa de Pity Álvarez: “Es un riesgo para sí mismo y para terceros”
La decisión judicial se tomó luego de que el cantante sufriera una crisis nerviosa, intentara escapar del Hospital Tornú, donde estaba internado, y la audiencia del juicio en su contra fuera suspendida.
La Justicia ordenó la internación forzosa de Cristian “Pity” Álvarez en el Hospital Tornú, por 90 días, luego de una evaluación de Salud Mental que determinó la existencia de un “riesgo para sí mismo y para terceros”.
La internación de Cristian Gabriel Álvarez Congiú fue convalidada por el Juzgado Civil N°4 a partir de un informe elaborado por el Área de Salud Mental de la Clínica Dharma.
El músico había sido evaluado el 23 de septiembre en el Hospital Tornú y, según el documento presentado ante la Justicia, el análisis concluyó que “presenta riesgo cierto e inminente para si y/o terceros”.
El informe vinculó esa situación con un cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, el cual “condiciona la conducta en forma patológica”, en un contexto de descompensación psicótica aguda, pérdida de valores preventivos y acciones de riesgo.
Con esos elementos, se consideró que existía criterio para una internación psiquiátrica. El juzgado recibió el informe y resolvió convalidar la permanencia de Álvarez en el Hospital Tornú “con el fin de garantizar el derecho a la salud y la integridad psíquica y física de la persona, su recuperación, rehabilitación y reintegración social”.
La resolución establece, además, un seguimiento periódico de su estado. El director del Hospital Tornú deberá “informar cada treinta días la evolución del paciente, así como cualquier otro dato de interés para las presentes”.
La Justicia también fijó condiciones para evitar que Álvarez abandone el tratamiento antes de recibir el alta médica. En ese sentido, el hospital deberá arbitrar las medidas de seguridad pertinentes y el paciente solamente podrá egresar mediante una derivación a otro efector de salud que le brinde su obra social, en ambulancia y acompañado por un familiar responsable, hasta concretar su ingreso al nuevo dispositivo.
La medida contempla, además, una eventual derivación a una institución especializada en salud mental y en problemáticas vinculadas al consumo, para la cual deberá existir una vacante en una institución prestadora de su obra social o mediante un convenio.
Si, en cambio, Álvarez todavía no estuviera en condiciones médicas de ser trasladado, la resolución ordena reservar una vacante en una institución o dispositivo acorde con su diagnóstico de salud mental y sus otras patologías clínicas.
En ese escenario, el juzgado dejó establecido que el traslado podrá realizarse incluso ante una eventual negativa del músico. “Caso contrario -que aún no se halle en condiciones médicas de ser derivado- hágase saber que se deberá reservar una vacante a favor del nombrado en una institución/dispositivo acorde a su diagnóstico de salud mental y considerando sus otras patologías clínicas, a la cual podrán trasladarlo aún pese a su negativa”, concluye la resolución.
Cronica.com
