09/21/2026

La esposa de Pedro Sánchez irá a juicio ante un jurado popular por tráfico de influencias y malversación

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El juez Juan Carlos Peinado ordenó enviar a Begoña Gómez a juicio por dos presuntos delitos y también procesó a su asesora Cristina Álvarez por presunta malversación.

El Juez Juan Carlos Peinado ha acordado este lunes 21 de septiembre decretar la apertura de juicio oral y enviar a juicio ante un jurado popular a Begoña Gómez, esposa del nefasto presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos en la Audiencia Provincial de Madrid

En la misma resolución, el instructor abre causa contra Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez en el Palacio de la Moncloa, acusada de un presunto delito de malversación en calidad de cooperadora necesaria. Esta decisión judicial formaliza el envío del caso al tribunal popular tras haber validado la Audiencia Provincial de Madrid en julio la continuidad del procedimiento por ambas infracciones penales.

La resolución judicial, vertida en un auto de 67 folios, ha sido dictada en la última semana previa a la jubilación del magistrado Juan Carlos Peinado, programada para el domingo 27 de septiembre. Con este trámite, el juez da cumplimiento a lo ordenado por la Audiencia Provincial de Madrid, la cual había anulado la anterior apertura de juicio oral acordada en junio y ordenado retrotraer las actuaciones para adaptar los escritos de acusación al marco procesal vigente.

Asimismo, la superioridad resolvió en julio acotar el procedimiento descartando juzgar a Begoña Gómez por corrupción en los negocios y apropiación indebida —delitos que figuraban en la primera resolución de Peinado—, además de separar de la causa ante el jurado popular al empresario Juan Carlos Barrabés y levantar medidas cautelares como la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer periódicamente.

El instructor sostiene que “existen indicios suficientes” contra la mujer del presidente socialista por dos bloques de hechos sustentados en que Begoña Gómez “habría aprovechado su condición de mujer del presidente” para lograr ventajas personales y profesionales. El primer eje acusatorio, centrado en el tráfico de influencias, se vincula a la creación de la cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense dirigida por ella misma y a sus gestiones personales a favor del empresario Juan Carlos Barrabés.

Entre estos indicios se destacan reuniones mantenidas en el Palacio de la Moncloa con el rector universitario, encuentros en la residencia oficial con Juan Carlos Barrabés y la firma de cartas de apoyo que derivaron en la adjudicación de dos contratos públicos a la firma del empresario, configurando una “intermediación en favor de Barrabés”. Adicionalmente, el auto señala el uso de la cátedra como un instrumento de “desarrollo profesional privado” mediante el cobro de remuneraciones en másteres y la utilización del correo institucional de Moncloa.

El segundo bloque imputatorio atañe al delito de malversación de caudales públicos, donde se considera indiciariamente acreditado que Begoña Gómez se habría “apropiado de ese programa” informático (software) concebido dentro de la cátedra y perteneciente a la Universidad Complutense.

Ante el posible perjuicio patrimonial provocado a la institución pública, el Juez Peinado ha requerido a la Universidad Complutense la remisión de una certificación sobre el daño patrimonial ocasionado. Por su parte, la asesora Cristina Álvarez enfrenta cargos por malversación debido a su reiterada participación en la tramitación de convenios, gestión de patrocinadores, actos y uso de la cuenta institucional de Presidencia del Gobierno para labores privadas de la esposa del presidente, excediendo el marco de apoyo institucional.

El auto del Juez Peinado se emite tras la audiencia preliminar celebrada el 8 de septiembre, desestimando las alegaciones del abogado defensor de la imputada, Jaime Campaner, quien tildaba de ineficaz el escrito de la acusación popular ejercida por HazteOír.

Del mismo modo, el juez rechazó la declaración testifical preventiva del profesor José Manuel Ruano, sin perjuicio de su eventual comparecencia en el juicio oral. Como medida patrimonial clave, el magistrado ha dispuesto averiguar la “capacidad económica” de Begoña Gómez mediante un oficio a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Hacienda) para recabar sus cinco últimas declaraciones de la renta (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) ante eventuales responsabilidades económicas. Cabe recordar que la investigada ya ejerció previamente su derecho a no declarar al ser citada en la Asamblea de Madrid.

De cara a la vista en la Audiencia Provincial de Madrid, la acusación popular liderada por la organización HazteOír reclama penas de 13 años de prisión para Begoña Gómez y seis años para Cristina Álvarez, solicitando además que el propio presidente Pedro Sánchez preste declaración como testigo durante el proceso. Por el contrario, la Fiscalía y las representaciones letradas de las imputadas solicitan la íntegra absolución.

Derechadiario.com