Tras una semana atravesada por la polémica dentro del oficialismo, la Cámara alta debate iniciativas sobre propiedad privada, un acuerdo con holdouts y cambios en la estructura judicial
Al cabo de una semana marcada por la polémica, sesiona el Senado desde las 11.22 con el objeto de avanzar con dos proyectos clave para la administración libertaria. La sesión se desarrolla luego de la enorme repercusión que tuvo la decisión de la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, de desmarcarse del Gobierno en torno a la decisión de rechazar el pliego de la doctora Verónica Michelli, en cuyo marco la exministra llegó al extremo de ofrecerle la renuncia al presidente Javier Milei.
La aspirante a jueza federal en La Plata fue vetada por los hermanos Milei por tratarse de la cuñada del periodista Hugo Alconada Mon, quien entre otras importantes investigaciones ha llevado adelante la de la criptomoneda $LIBRA, que precisamente involucra al presidente de la Nación y a su hermana.
La solución momentánea fue dejar afuera de esta sesión el nombre de esta postulante, contrariamente a lo que sucederá con algunas decenas de miembros del personal judicial, que serán aprobados este jueves. Más allá de eso, el tema generó una fuerte controversia en el seno del oficialismo en general y el bloque de La Libertad Avanza en particular, donde trascendió que varios miembros del mismo salieron a cuestionarle su postura a la jefa del bloque.
Los senadores se abocarán en esta sesión a debatir el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, que modifica las leyes 21.499 sobre expropiaciones, y la 24.374 sobre regularización dominial.
Es el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que tuvo correcciones en la reunión en la que se le dio dictamen, el miércoles 20 de mayo. Entre ellos se concedió la eliminación del Capítulo III que derogaba artículos de la Ley 27.453 (Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana) y dejaba abierta la posibilidad de desalojos inmediatos.
Asimismo hubo una serie de modificaciones al Capítulo IV que propone 8 artículos con cambios y derogaciones a la Ley sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales (26.737).
Entre las modificaciones a la Ley de Expropiaciones (N° 21.499), se incorpora expresamente la exigencia de que la declaración de utilidad pública, que será de interpretación restrictiva, cumpla con los estándares de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
También se establecen criterios objetivos para la determinación del valor del bien, tomando como referencia la fecha inmediatamente anterior a cualquier acto estatal que pueda influir en su cotización. “De este modo, se evitará que la propia actuación estatal distorsione el valor del bien en perjuicio del expropiado, con lo cual se garantiza un justiprecio real”, sostuvo el PEN.
Asimismo, se regula con mayor precisión el alcance de la indemnización, con inclusión del lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y se encuentre debidamente acreditado.
Se incorpora, además, un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio que contempla la evolución de los precios y una tasa de interés comercialmente razonable, con el objeto de preservar su valor real hasta el momento del efectivo pago. “Esta previsión resulta indispensable en contextos inflacionarios, a fin de evitar que la indemnización se torne ilusoria”, señaló el Gobierno en los considerandos.
Finalmente, se refuerza el rol del control judicial, se asegura la valoración fundada de la prueba técnica y se garantiza el debido proceso.
El proyecto modifica la Ley 26.815 de manejo del fuego, particularmente en su artículo 22 bis, para restringir la protección posterior a incendios. No incluye humedales, áreas naturales protegidas, bosques implantados y vegetación viva o muerta en general. Elimina el plazo de prohibición por 60 años para ciertas acciones sobre la superficie incendiada. Suprime las prohibiciones específicas sobre venta, subdivisión, loteo, parcelamiento, concesión, emprendimientos inmobiliarios y cambio de actividad agropecuaria. Impide, en el caso de incendios de bosques nativos, cambios de uso y destino, según el ordenamiento territorial de la ley 26.331, y de bosques no productivos de la ley 13.273. Asimismo, añade deberes estatales de prevención, control, investigación, restauración ambiental y coordinación interjurisdiccional en los niveles nacional y provincial.
Acuerdo con holdouts
A continuación se avanzará con el Acuerdo de Conciliación con Bainbridje Ltd. y el grupo de acreedores encabezado por Attestor Value Master Fund LP.
Se acuerda con Bainbridge un pago único en efectivo de 67 millones de dólares estadounidenses y de 104 millones con Attestor Value Master Fund LP y otros acreedores que se enumeran.
También se acuerda la modalidad entrega contra pago. Los acreedores entregarán los bonos objeto del acuerdo a la Argentina, libres de todo gravamen, mediante acreditación en cuenta. La Argentina dispondrá la cancelación de los bonos una vez realizada dicha entrega y quedará facultada para presentar la documentación correspondiente ante organismos administrativos, judiciales o cualquiera ante el cual se tramiten litigios, para lograr la desestimación, el archivo y el desistimiento con efecto de cosa juzgada.
El acuerdo establece que la interpretación, validez, efectos y cumplimiento del acuerdo se regirán por las leyes del Estado de Nueva York. En cuanto al juez competente, se acuerda el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.
Otros temas
El oficialismo espera aprobar la creación de una sala en la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, tal cual lo acordado en la última sesión, a instancias de una iniciativa del senador Maximiliano Abad. La iniciativa crea una segunda sala en la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que se identificará con el número II y funcionará con 3 secretarías de cámara. También crea los cargos de juez de cámara, secretarios de cámara, funcionarios y personal administrativo y de servicio que se detallan en el anexo al proyecto, y dispone que las causas que ingresen al fuero serán distribuidas de acuerdo a las reglamentaciones vigentes y a las decisiones que el propio tribunal en pleno adopte.
Asimismo se avanzará con la organización de salas y la creación de un cargo de juez en la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. Se organiza la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en dos salas, creándose un cargo de juez de Cámara en la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán y eleva en consecuencia su integración total a seis.
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