El manifestante que se descompensó este jueves en el Obelisco cuando fue detenido por la policía porteña y falleció en el hospital Ramos Mejía es Facundo Molares Schoenfeld, un disidente del proceso de paz de Colombia, según el partido Farc (Fuerzas Alternativa Revolucionaria del Común). Durante su etapa en la guerrilla en ese país, Molares utilizó el alias “Camilo Fierro”.
El gobierno del entonces presidente colombiano Iván Duque le atribuyó a Molares, entre otros delitos, el secuestro del concejal Armando Acuña, en 2009. El funcionario fue liberado en 2011.
Molares fue detenido por Interpol en noviembre de 2021 en Chubut. Y fue recluido en un penal federal de las afueras de Buenos Aires. Desde allí se declaró inocente y aseguró que su extradición no correspondía ya que los delitos que se le atribuían ocurrieron antes de los acuerdos de Paz firmados en 2016 entre las FARC y el gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos tras medio siglo de conflicto armado.
Resolución por la extradici… by La Izquierda Diario
27-02-2022
La Justicia argentina otorgó la excarcelación a Facundo Molares Schoenfeld, ciudadano argentino que integró las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), luego de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de ese país rechazara un pedido de extradición en su contra.
“Quiero agradecer a todos los que han ayudado”, dijo Molares al recuperar su libertad tras meses de detención en la Unidad 19 del complejo penitenciario de Ezeiza, a raíz de un pedido de captura internacional emitido por la orden de extradición de Colombia.
Ante miembros de las organizaciones sociales y de derechos humanos que anoche se acercaron a la salida del penal, Molares expresó su satisfacción por “contar con un pueblo, organizaciones y familias con la fuerza suficiente para triunfar” y exhortó a “seguir adelante en la lucha hasta que nuestro pueblo sea digno y feliz, hasta que nuestro país y el mundo vivamos en armonía y fraternidad”.
La excarcelación al exmiembro de la FARC fue concedida por el juez federal de Esquel Guido Otranto luego de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia rechazara un pedido de extradición contra Molares.
Según señalaron a Télam desde la defensa de Molares, Otranto concedió la excarcelación bajo caución juratoria por parte del imputado: eso implica que el exmiembro de la guerrilla tiene la obligatoriedad de presentarse ante la Justicia cada vez que sea requerido.
Además, el magistrado le impuso a Molares la prohibición de salir del país, la obligación de fijar domicilio permanente y de presentarse una vez por mes a la delegación de la Policía Federal más cercana de su domicilio.
Con su resolución, Otranto hizo lugar a uno de los puntos centrales planteados por la defensa de Morales desde el inicio del proceso: sus abogados sostuvieron que el pedido de extradición de la Justicia ordinaria de Colombia fue “ilegal e ilegítima”.
“La autoridad judicial que pidió la captura y extradición se adjudicó una competencia que no tenía, actuó ilegitima e ilegalmente, arrogándose una competencia que claramente la ley y la Constitución colombiana no le otorgan”, indicó a Télam Gustavo Franquet, uno de los abogados que lleva la defensa de Molares en la Argentina.
El letrado explicó que así lo disponen las leyes y la Constitución colombianas, sobre todo a partir de los artículos transitorios agregados a la legislación tras el “acuerdo de paz” que el Estado colombiano y las FARC firmaron en 2016.
Esos artículos establecieron para casos como el de Molares la “competencia prevalente y exclusiva de la JEP”, un fuero especial creado para entender en los delitos que pudieran haberse cometido en el marco del conflicto entre las FARC (la única entre las organizaciones guerrilleras que firmó un tratado de paz) y el estado colombiano.
Días atrás, la JEP reconoció su competencia sobre los delitos políticos que se le imputan a Molares durante el período en que formó parte de las FARC, y además rechazó el pedido de extradición reconociendo el riesgo de vida que implicaría su traslado a Colombia.
A Molares Schoenfeld se lo acusa de intervenir en el secuestro de un exconcejal del municipio de Garzón-Huila en el año 2009.
Con todo, al quedar sin efecto el pedido de extradición, la situación de Molares en la Argentina queda en una suerte de “vacío jurídico”.
“Es que casos como este, en el que un Estado requirente (en este caso, Colombia) retira un pedido de extradición, no están contemplados en el Tratado que rige entre la Argentina y Colombia para casos de extradición”, apuntó Franquet en referencia al Tratado de Montevideo de 1933.
De este vacío legal o jurídico se deriva que el juez Otranto le haya solicitado a la magistrada colombiana, por vía diplomática, que explique las consecuencias de su resolución.
“Ahora todo queda a la espera de que Colombia defina claramente cuál es la situación de Facundo”, añadió el abogado y recordó que el juez “ya dijo que cuando lleguen esas explicaciones él enviará el caso a la Corte Suprema -que es donde ahora queda radicada la causa de extradición- para que sea el máximo tribunal el que “decida cómo manejarse porque no hay antecedente en la ley, ni en el Tratado, que cubra estas situaciones”.
Y agregó: “Nosotros entendemos que la Corte no tiene que expedirse sobre nada porque ya no existe el proceso de extradición”.
El 6 de julio pasado, la jueza de la sala de amnistía o indulto de la JEP Diana María Vega Laguna reconoció la competencia de ese tribunal sobre los delitos que se le imputan a Molares Schoenfeld (“secuestro extorsivo, rebelión, terrorismo”, entre otros) y ordenó suspender el proceso de extradición.
En paralelo, instruyó a varias carteras del Estado colombiano iniciar los procedimientos consulares, gestiones judiciales y administrativas para que el argentino “suscriba al régimen de condicionalidad y de aporte a la verdad” que establece el tribunal.
La jueza Vega Laguna dispuso que el imputado responda una serie de preguntas desde su lugar de detención para que, una vez que complete esa requisitoria, “suscriba el régimen de condicionalidad” y se le conceda “la libertad condicional o previsional” mientras “se resuelve de fondo su situación jurídica ante la JEP”.
La solicitud de extradición había sido requerida por el Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano a partir de una orden de detención emitida por una fiscalía del fuero penal ordinario del departamento de Caquetá.
El 7 de noviembre de 2021, Molares fue detenido en la localidad chubutense de Trevelin, en base a un pedido de captura internacional emitido por la orden de extradición de Colombia. Dos meses después, el 7 de enero de este año, Molares se presentó ante la JEP para solicitar la amnistía.
Sobre el futuro judicial de Molares en la JEP de Colombia, Franquet expresó que lo más probable es que Facundo “responda” ante el exconcejal que fue secuestrado en 2009 y “le ofrezca algún tipo de reparación moral por los daños que pudiera haber tenido”.
Por último, entendió que “la JEP va a terminar cumpliendo la función que tiene y en algún momento se va pronunciar por una amnistía para Facundo”, una vez culminado el proceso judicial dentro de la JEP y agregó que “durante la sustanciación del proceso” Molares permanecerá en Argentina toda vez que “no necesita ir a Colombia”, a menos que sea requerido a “concurrir libremente por alguna cuestión relacionada con el proceso”.