A tan solo cuatro días de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolviera tomar juramento a los cuatro diputados nacionales elegidos para integrar el Consejo de la Magistratura – lo que todavía no tiene fecha-, y mientras la designación de los senadores continúa en un limbo por la disputa entre el Pro y el FdT por el escaño, se sumó este lunes otro capítulo de polémica.

Un juez federal falló contra la designación de la diputada radical Roxana Reyes, al considerar que la UCR y el Pro deberían ser considerados la misma minoría para acceder a una banca en el organismo de contralor judicial.

El fallo Martín Cormick, juez en lo Contencioso Administrativo Federal, responde a una presentación de amparo que realizó el jefe del bloque del Frente de Todos en la Cámara de Diputados, Germán Martínez.

Reyes había jurado como integrante del Consejo de la Magistratura en mayo pasado. El fallo se refiere al mandato ya cumplido de la radical en el organismo, pero avanza sobre los criterios usados para que sea nuevamente postulada.

Con firma de la presidenta de la Cámara, la kirchnerista Cecilia Moreau, Reyes fue propuesta y aprobada como representante de la segunda minoría de la UCR, junto con Álvaro González, del Pro y por la primera, además de Vanesa Siley y Rodolfo Tailhade, los dos correspondientes a la mayoría. Todos ellos entrarían en funciones con el juramente que les toma la Corte, que fuera ordenado, pero no tiene fecha.

Los motivos del rechazo de la designación

Cormick basa su argumentación citando el fallo que la Corte Suprema realizó en favor de Luis Juez para que ocupe una de las bancas en la Magistratura desde el Senado, al considerar que el oficialismo dividió el bloque entre Unión Ciudadana y Frente Nacional y Popular para ocupar más representación de la correspondiente para la mayoría.

“Los miembros de los bloques Pro y UCR han constituido, de hecho, parte de la misma lista de candidatos a ser votada, tanto en 2021 como previamente en 2019. Por lo tanto, se le estaría asignando una doble representación cuando la ley es clara en cuanto busca representar a tres espacios políticos diferentes”, dijo el magistrado.

Y sumó: “De otorgarle un integrante al bloque constituido por el Pro, y otro integrante al bloque UCR, se estaría vedando de participar a la real segunda minoría de la Cámara, cometiéndose una situación, de hecho, similar a la analizada por la Corte en el fallo citado. Ello, porque los miembros de los bloques Pro y UCR han constituido, de hecho, parte de la misma lista de candidatos a ser votada, tanto en 2021 como previamente en 2019”.

“En ambos procesos electorales –más allá de denominaciones circunstanciales, el Frente de Todos (Partido Justicialista y otros), constituyó una alternativa para votar; el Frente Juntos por el Cambio (PRO, U.C.R., Coalición Cívica, entre otros), otra; y, por mencionar dos más, el Frente de Izquierda los Trabajadores, y La Libertad Avanza, entre otras, otras alternativa que, según el análisis que debe hacerse en el seno de la Cámara de Diputados y ajeno a este proceso, debiendo la Presidencia de la Cámara dictar una nueva Resolución acorde a lo aquí decidido, no pudiendo otorgar la representación del tercer espacio a la Unión Cívica Radical”, analizó y determinó el juez.

En ese contexto el juez dio lugar a la acción de amparo que presentó el oficialista Martínez y declaró “nula la Resolución 689/22 [de] la Presidencia de la Cámara de Diputados y las que en lo sucesivo integren la segunda minoría con Partidos Políticos o Alianzas a las que ya les han sido asignados integrantes en mayoría o primera minoría”.

Fuente: Parlamentario.com