Una jueza federal obligó cesar el bloqueo mapuche de la comunidad Kaxipayiñ y garantizar el acceso inmediato a la planta de YPF
Un juzgado federal de Neuquén ordenó el desalojo inmediato del bloqueo montado por integrantes de la comunidad mapuche Kaxipayiñ en el llamado “camino petrolero”. Se trata de una ruta clave para ingresar a la Planta Turboexpander (Planta TEX) y a los almacenes del área Loma La Lata – Sierra Barrosa.
El fallo fue dictado por la Jueza federal María Carolina Pandolfi, quien concedió una medida cautelar presentada por YPF luego de más de tres días de interrupción total del tránsito.
Según la resolución, desde el 17 de noviembre los manifestantes “restringieron la circulación sobre el camino petrolero”, impidiendo el paso de personal, vehículos y equipos necesarios para la operación energética. Se trata de una traza rural que conecta las rutas provinciales 7 y 51 y constituye el corredor logístico habitual para las actividades de YPF en la zona.
Los efectos del corte y las constataciones
YPF denunció que el bloqueo generó “complejos inconvenientes atento la magnitud de la instalación afectada”. La empresa informó que la medida impactó en la evacuación y el suministro de gas y metanol, como también la seguridad de los procesos y en la provisión de GLP. Esto afectó actividades esenciales y aumentó riesgos operativos y ambientales.
También detalló que parte del personal no pudo acceder a sus tareas y que equipos críticos quedaron detenidos en “stand by”.
Escribanos convocados por la compañía certificaron la presencia de una barrera metálica que atravesaba el camino e impedía el paso. Los manifestantes mapuches instaban a retirarse “por tratarse de propiedad privada y comunitaria”.
En la zona quedaron varados numerosos vehículos con trabajadores que no podían avanzar. La empresa repuso que el inmueble donde se encuentra la planta “está fuera del área comprendida en el relevamiento territorial de dicha comunidad”.
La decisión de la jueza Pandolfi
Al evaluar el perjuicio operativo y económico, la Jueza Pandolfi ordenó permitir “de inmediato el libre acceso de YPF S.A. y sus contratistas” a todas las instalaciones afectadas.
Asimismo, habilitó la remoción de cualquier tipo de obstáculo, incluyendo “alambrado, tranqueras cerradas con cadenas, alambres, candados o barreras físicas de cualquier índole”, y advirtió que quienes obstruyan nuevamente la circulación podrán ser sancionados.
La magistrada sostuvo que los manifestantes “se encontrarían ejerciendo abusivamente su derecho a manifestarse, incurriendo en conductas ilícitas en perjuicio de terceros”. En esa misma línea, subrayó que la medida de fuerza “impide el ejercicio de la industria, el comercio y la libre circulación”, derechos que consideró vulnerados de manera injusta.
Por ello, concluyó que resultaba necesario adoptar una medida urgente para evitar que “los perjuicios diarios que la situación provoca” continúen agravándose.
Avance del amparo
Además de la cautelar, el juzgado formalizó el inicio de la acción de amparo en un proceso sumarísimo. El expediente seguirá su curso mientras YPF retoma sus operaciones con protección judicial y el acceso al área queda restablecido.
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