El Poder Ejecutivo aclaró que su ejecución está suspendida por imperativo legal.
El Congreso de la Nación volvió a sancionar leyes sin determinar la fuente de financiamiento necesaria para su ejecución. Tal como ocurrió con la Ley de Emergencia en Discapacidad, las recientemente aprobadas Ley de Emergencia Pediátrica y Ley de Financiamiento Universitario nacieron sin respaldo presupuestario y, por lo tanto, suspendidas conforme a la normativa vigente.
Según estimaciones oficiales, la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario demandaría un gasto de $1.069.644.600.000, mientras que la Ley de Emergencia Pediátrica implicaría $196.270.000.000 adicionales. Ambas cifras exceden ampliamente las disponibilidades actuales del Tesoro Nacional.
Fundamento legal: las leyes nacen suspendidas sin presupuesto
El artículo 5° de la Ley N° 24.629 establece que toda norma que autorice o disponga gastos debe prever expresamente su financiamiento. En caso contrario, “quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
En ese sentido, las leyes N° 27.795 y 27.796 —aprobadas por el Congreso— no detallan de dónde provendrán los fondos necesarios para su cumplimiento. Por lo tanto, no pueden ser ejecutadas por el Poder Ejecutivo hasta que el Parlamento disponga las partidas presupuestarias específicas.
“El Poder Ejecutivo Nacional, ni su Jefe de Gabinete, están habilitados a poner en ejecución normas que por imperativo legal se encuentran suspendidas”, explicaron fuentes oficiales. En cuanto el Congreso determine el financiamiento correspondiente, el Gobierno las pondrá en marcha.
Un movimiento político deliberado
Desde el Ejecutivo advierten que la omisión del Congreso no es inocente, sino “una maniobra deliberada” para responsabilizar al Gobierno por la falta de implementación. Según esta visión, el Parlamento pretende mostrar insensibilidad del Ejecutivo frente a temas sensibles —como la salud infantil o la educación— cuando en realidad no existen recursos disponibles para solventar tales gastos.
Además, remarcan que el Congreso busca eludir su obligación de definir qué recortes serían necesarios para financiar las nuevas erogaciones. Por ejemplo, la Ley N° 27.796 menciona genéricamente que los gastos deberán cubrirse mediante una “readecuación de partidas del Ministerio de Salud”, pero no especifica cuáles. Esta indefinición, advierten, tiene como propósito que el Poder Ejecutivo cargue con el costo político de decidir qué áreas se verían afectadas.
El Gobierno reasigna fondos para el área pediátrica
A pesar de la falta de financiamiento aprobado, el Poder Ejecutivo decidió avanzar de manera limitada en la atención de las necesidades más urgentes del sistema pediátrico. Según informaron, el Jefe de Gabinete ha readecuado recursos dentro de la Administración Pública Nacional para atender parcialmente las demandas contempladas en la Ley de Emergencia Pediátrica.
De esta manera, el Gobierno busca equilibrar la responsabilidad fiscal con la sensibilidad social, sin violar el marco legal que rige la ejecución presupuestaria.
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