Ritondo propone bloquear las señales de telefonía celular en todas las cárceles federales
La iniciativa obligaría a instalar sistemas de inhibición y detección de celulares en los establecimientos del Servicio Penitenciario Federal. El proyecto busca impedir que los internos coordinen delitos desde prisión, aunque garantiza las comunicaciones con familiares y abogados mediante canales habilitados.
El jefe del bloque Pro en la Cámara de Diputados, Cristian Adrián Ritondo, presentó un proyecto de ley para establecer un régimen obligatorio de inhibición, bloqueo y detección de señales de telefonía móvil en todos los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal. La iniciativa fue acompañada por los diputados del bloque amarillo Javier Sánchez Wrba, Martín Yeza, María Florencia De Sensi, Alejandro Finocchiaro y Emmanuel Bianchetti.
La propuesta tiene como objetivo impedir que personas privadas de la libertad utilicen teléfonos celulares u otros dispositivos de comunicación para planificar, coordinar o ejecutar delitos desde el interior de las cárceles federales. Para ello, establece la obligación de instalar sistemas de bloqueo, inhibición y detección de señales de telefonía móvil y transmisión de datos en unidades penitenciarias, complejos federales, alcaidías y colonias penales.
Según el texto, el Estado nacional deberá completar la instalación de estos sistemas en un plazo máximo de 180 días corridos desde la reglamentación de la ley, priorizando las unidades de máxima seguridad y aquellas que registran antecedentes de actividades delictivas organizadas mediante dispositivos móviles.
El proyecto designa al Ministerio de Seguridad como autoridad de aplicación y le asigna la tarea de coordinar con el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) los aspectos técnicos necesarios para evitar que los bloqueos afecten las comunicaciones fuera del perímetro de cada establecimiento penitenciario. Asimismo, exige que los equipos permitan mantener operativas las comunicaciones institucionales, las líneas de emergencia y los sistemas utilizados por el personal de seguridad.
La iniciativa también incorpora tecnologías de detección activa para identificar celulares en uso dentro de las cárceles y prohíbe expresamente la tenencia, posesión, utilización o ingreso de teléfonos móviles, tablets, notebooks u otros dispositivos con acceso a redes de datos por parte de los internos.
Además, establece sanciones para el personal penitenciario o de seguridad que facilite, tolere o encubra el ingreso o uso de estos dispositivos, considerándolo una falta grave sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran corresponder.
En materia de derechos de las personas privadas de la libertad, el proyecto aclara que el bloqueo de señales no impedirá las comunicaciones con familiares y allegados, que deberán canalizarse a través de líneas telefónicas institucionales o dispositivos autorizados por el Servicio Penitenciario Federal. También garantiza expresamente las comunicaciones con abogados defensores, que quedarán excluidas de cualquier interferencia para resguardar el derecho de defensa en juicio.
Entre las disposiciones transitorias, la iniciativa deroga los protocolos adoptados durante la pandemia que habilitaron el uso excepcional de teléfonos celulares en cárceles federales. Asimismo, dispone que quienes aún posean dispositivos autorizados bajo esos regímenes deberán entregarlos dentro de las 24 horas posteriores a la notificación correspondiente.
En los fundamentos, los autores sostienen que numerosos delitos complejos, entre ellos extorsiones telefónicas, secuestros virtuales, amenazas, maniobras vinculadas al narcotráfico y coordinación de organizaciones criminales, continúan siendo dirigidos desde establecimientos penitenciarios mediante celulares ingresados clandestinamente. También citan experiencias implementadas en países como Reino Unido, El Salvador, Ecuador, Chile y Colombia, donde se avanzó con mecanismos de bloqueo de señales dentro de las cárceles.
Finalmente, el proyecto establece que el Ministerio de Seguridad deberá remitir informes semestrales al Congreso sobre el grado de avance de la implementación, los dispositivos detectados e incautados, los resultados obtenidos y eventuales afectaciones a terceros ajenos a los establecimientos penitenciarios. Además, invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adoptar medidas similares en sus respectivos sistemas carcelarios.
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