10/14/2026

El oficialismo busca avanzar con el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada: que pasará con la Ley de Tierras

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La iniciativa será debatida en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados. La intención de La Libertad Avanza es emitir dictamen para que se trate en una sesión la próxima semana.

La Libertad Avanza (LLA) intentará este miércoles emitir dictamen de comisión en Diputados al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que ya cuenta con media sanción del Senado pero se le incorporarán al texto algunas de las restricciones presentes en la Ley de Tierras Rurales. De esta forma, si la iniciativa es aprobada en el recinto, deberá volver a la Cámara alta.

El proyecto será analizado en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General que se reunirá desde las 16 y el objetivo del oficialismo es que esté en condiciones de ser votado en la sesión convocada para el 21 de octubre.

Vinculado con la Ley de Tierras, el dictamen de LLA que contaría con el acompañamiento de sus habituales aliados, respetaría los límites del 15% de máximo a la extranjerización a nivel nacional, provincial y departamental, pero eliminará el tope de 1.000 hectáreas en las zonas núcleo del país.

Con esta estrategia, el Gobierno apunta a quitarle incentivos a la oposición para voltear el DNU 70/2023 en la sesión de este jueves y además flexibilizar los límites para la extranjerización de tierras mientras la Justicia define la cuestión de fondo sobre los planteos en torno a la derogación de la Ley 26.737 del 2011.

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada fue incluido en el temario de la sesión convocada por el oficialismo para el 21 de octubre junto a otras iniciativas como la de Discapacidad y sobreendeudamiento familiar.

Cuáles son los principales cambios que propone la Ley de Propiedad Privada

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada establece, entre otros puntos, cambios en el régimen de desalojos y en las expropiaciones. La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.

En cuanto a las indemnizaciones, la iniciativa indica que el monto se determina por el valor objetivo del bien y no por el valor afectivo o las ganancias hipotéticas.

Sobre los desalojos, en tanto, se apunta a que sea una acción a favor de sujetos con derecho legítimo afectado por ocupación de locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos. Para dar cumplimiento a esta finalidad, el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble usurpado u ocupado con tenedores precarios si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria“.

El magistrado también podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.

Mientras que en el caso de desalojos por mora, luego de la intimación al pago los inquilinos tendrán un plazo de al menos 10 días para regularizar deudas antes de que el locador les pude iniciar la acción de desalojo, contando desde el momento que recibieron la notificación.

La notificación será dirigida al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico; y se tomará como válida aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él. “Ante el incumplimiento, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley“, se indica en el proyecto.

Por último, la iniciativa modifica la ley de regularización dominial para que puedan acceder a la escritura de esa vivienda única las familias que tengan una posesión pacífica demostrable a lo largo de los 10 años anteriores.

Cronica.com