09/08/2026

La jueza que frenó el Régimen Penal Juvenil en la Provincia defendió su fallo: “Con esta ley no vamos a crear más seguridad”

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Marta Elba Pascual sostuvo que la provincia de Buenos Aires no cuenta con la infraestructura ni los recursos para absorber el ingreso de más adolescentes al sistema penal.

La jueza Marta Elba Pascual, a cargo del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, se refirió este lunes a su decisión de suspender por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La magistrada advirtió que el distrito no tiene la estructura para recibir a más adolescentes en el sistema penal y que el encierro sin educación ni tratamiento no genera seguridad.

“Yo aplico la justicia restaurativa, que tiene que ver con restaurar los vínculos y que los jóvenes se responsabilicen y vuelvan a su comunidad siendo ciudadanos y no pibes chorros”, planteó en diálogo con Radio Now. En esa línea, remarcó: “Con esta ley no vamos a crear más seguridad”.

La medida cautelar se dictó al hacer lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, en representación de adolescentes privados de la libertad. La decisión apunta contra la Ley 27.801, que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, entró en vigencia a nivel nacional el sábado y fue reglamentada este lunes por el Gobierno.

Frente a las críticas, Pascual buscó despejar interpretaciones: “Yo no romantizo a los chicos que salen con un arma, pero lo que creo que está pésimo es que hay como una sensación de que con esta ley le vamos a dar seguridad a la gente”.

La jueza aclaró que su objeción no apunta a bajar la edad de imputabilidad en sí, sino a hacerlo sin las condiciones necesarias. “Si no están los mecanismos para que se puedan dar todas estas medidas, esta ley no es más beneficiosa ni para la comunidad ni para los jóvenes”, subrayó. Y graficó: “Un chico encerrado sin educación, sin oficio, sin terapia, llega a los 18 años y lo podemos mandar a una unidad carcelaria que funciona como una escuela de delito”.

También rechazó que el fallo deje desprotegida a la sociedad: “Por un lado, tengo que escuchar a la víctima. Por el otro, tengo la obligación de intentar devolverle a la sociedad un chico que no tenga esa agresividad que el encierro potencia”. Y se definió: “Yo garantista soy de la ley y, además de la ley, quiero seguridad. Tengo hijos, camino todo el día por el conurbano y quiero vivir tranquila”.

Los fundamentos del fallo

En los fundamentos, la magistrada puso en duda que la Provincia disponga de “las condiciones edilicias, institucionales y profesionales indispensables” para alojar a esta población bajo los estándares que exigen los derechos humanos de la niñez. Alertó que la reforma provocará “un aumento considerable en la cantidad de personas menores de edad detenidas” -por los nuevos ingresos y por una mayor permanencia en los centros- y que el hacinamiento resultante “inevitablemente incrementa los niveles de inseguridad y violencia” dentro de los propios establecimientos.

Pascual convocó a una audiencia para el 16 de septiembre a las 10, en la que funcionarios del Ejecutivo provincial deberán explicar qué medidas adoptaron para implementar la norma, cuáles proyectan y en qué plazos. El Ministerio de Seguridad, el organismo provincial de Niñez y el Ministerio de Justicia bonaerenses quedaron a cargo de garantizar el cumplimiento de la suspensión mientras dure la medida.

Qué establece la Ley 27.801

La norma fija un máximo de 15 años de privación de la libertad -incluso en casos de concurso de delitos-, prohíbe las penas perpetuas, permite cumplir dos tercios de la condena bajo detención y el resto bajo otras sanciones, e incorpora el monitoreo electrónico como sanción autónoma. Para delitos con penas de hasta tres años, prevé alternativas como prohibiciones de acercamiento, tareas comunitarias, reparación del daño y amonestación formal.

Cronica.com