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Sofía Gambier ejecutó 178 millones en salarios sin aportes al IPS e IOMA

El Tribunal de Cuentas aprobó la rendición local, pero detectó graves irregularidades y sancionó a la jefa comunal.

El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires aprobó formalmente la rendición de cuentas 2024 de la Municipalidad de Pellegrini, pero lo hizo con un dato central que tensiona toda la resolución: detectó múltiples irregularidades graves, aplicó sanciones económicas a funcionarios y dejó abiertas responsabilidades pendientes.

La decisión, plasmada en el fallo 82/2026, combina una aprobación técnica con un diagnóstico crítico sobre la gestión municipal, donde aparecen incumplimientos legales, uso irregular de fondos y fallas estructurales de control.

El Tribunal avanzó con sanciones directas contra la intendenta Sofía Gambier y el contador municipal Walter Martínez por 600 mil y 500 mil pesos respectivamente. Además, existieron amonestaciones a otros funcionarios clave, incluyendo secretario de Gobierno, tesorero, asesores y jefa de compras Las sanciones se fundamentan en un conjunto de irregularidades que el propio fallo detalla en distintos considerandos y que, en algunos casos, podrían derivar en consecuencias patrimoniales mayores.

El punto más grave: 178 millones sin aportes previsionales

El núcleo más delicado del fallo está en la detección de pagos salariales sin aportes ni contribuciones al sistema previsional. Durante todo 2024, el municipio liquidó el llamado “adicional por mérito” sin realizar los aportes correspondientes. El monto omitido asciende a 178,5 millones de pesos.

El Tribunal fue claro: ese concepto, pese a ser calificado como “no remunerativo” por el municipio, debía tributar aportes. La omisión constituye un incumplimiento legal que puede derivar en reclamos del Instituto de Previsión Social (IPS), deudas con el sistema de salud (IOMA), eventuales perjuicios económicos para el municipio y responsabilidad directa de los funcionarios

No es un error administrativo menor: es dinero que no ingresó al sistema previsional pese a ser obligatorio.

Obras públicas: anticipos pagados sin respaldo legal

Otro punto crítico aparece en la obra pública. El municipio otorgó anticipos financieros a empresas contratistas —en algunos casos del 30 por ciento del total— sin que esa posibilidad estuviera prevista en los pliegos licitatorios. El problema es estructural: los pliegos establecían pagos contra certificación de obra, pero en la práctica se adelantaron fondos.

El Tribunal rechazó el argumento oficial de que “no estaba prohibido” y fue contundente: si no está autorizado expresamente, no puede hacerse.

Este tipo de maniobras afecta principios básicos de la contratación pública como transparencia, igualdad de oferentes y control del gasto.

Subejecución del Fondo Educativo y no reclamo de deudas

En el manejo del Fondo Educativo aparece otro de los puntos sensibles del informe. Durante 2024, el municipio recibió más de 244 millones, pero destinó apenas 35,7 millones a infraestructura escolar, muy por debajo del piso legal del 40 por ciento, que hubiera implicado una inversión cercana a los 97 millones. Para el Tribunal, no se trata de una diferencia menor: es un incumplimiento directo del destino específico de esos recursos, lo que evidencia un desvío en la política educativa local.

A esto se suma una debilidad marcada en la gestión de ingresos. La auditoría detectó que el municipio prácticamente no avanzó en el reclamo de deudas a contribuyentes. No hubo notificaciones periódicas —como exige la normativa— y las intimaciones fueron mínimas. De hecho, la propia administración reconoció que la única comunicación de deuda se realiza a través de las boletas. En la práctica, esto abre un riesgo concreto: que parte de esas obligaciones prescriban y se pierdan recursos públicos.

Irregularidades en contrataciones

El fallo también pone el foco en las contrataciones, donde aparecen inconsistencias difíciles de justificar. En varios casos, las áreas municipales se declararon “incompetentes” para realizar tareas después de haber concretado las contrataciones, en lugar de hacerlo previamente como exige la normativa. A esto se suma la falta de fundamentos sólidos en locaciones de obra y servicios, lo que sugiere un uso flexible de estos mecanismos para cubrir funciones permanentes del estado.

Ese cuadro se completa con señales de debilidad institucional más amplias. El Tribunal detectó demoras en la publicación del Boletín Oficial, ausencia de registros obligatorios y falencias en los sistemas de control interno, elementos que, en conjunto, afectan la transparencia y la trazabilidad de la gestión.

Pese a todo, la rendición de cuentas fue aprobada. Pero el dato clave está en cómo: el Tribunal convalidó los números formales, aunque dejó asentadas las irregularidades, aplicó sanciones y mantuvo abiertos algunos aspectos bajo análisis. Es decir, la aprobación no implica un cierre del tema. De hecho, el propio fallo deja en claro que hay responsabilidades que todavía no están definitivamente resueltas, lo que mantiene bajo observación a varios funcionarios.

En ese contexto, más que un respaldo, la resolución funciona como una advertencia. Hay multas, incumplimientos legales confirmados y organismos provinciales notificados. La imagen que deja el documento no es la de una gestión ordenada, sino la de una administración con problemas estructurales de control, ejecución y cumplimiento normativo

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