El proyecto de ley diferencia los actos de crueldad e incorpora la responsabilidad culposa. Además, eleva las penas cuando se compruebe el dolo contra los animales. Las multas pueden superar los 17 millones de pesos.
El diputado nacional Pablo Juliano (Provincias Unidas) presentó un proyecto de ley para crear un régimen integral de protección animal. El texto diferencia “maltrato” y “crueldad”, y propone penas que llegan a los dos años de prisión y multas económicas que superan los 17 millones de pesos. A su vez, propone derogar la Ley 14.346 de 1954.
En los fundamentos, Juliano explicó que esta propuesta “tiene como finalidad modernizar la norma, dotándola de mayor claridad conceptual, proporcionalidad punitiva y seguridad jurídica, armonizando la protección animal con las actividades productivas y sanitarias legítimamente reguladas”.
Además, sostuvo que “uno de los aspectos centrales de la reforma es la incorporación expresa de la responsabilidad culposa”. En ese sentido, mencionó los casos referidos al abandono sin alimento, ni agua; el encierro prolongado o la emisión de cuidados esenciales. “Tales comportamientos afectan de igual modo el bien jurídico protegido y no deben quedar impunes”, advirtió.
El proyecto de ley considera como “actos de maltrato” a la acción de no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos; a la azuzamiento para el trabajo mediante instrumentos que provoquen sensaciones dolorosas; el empleo a extensas jornadas excesivas de trabajo cuando no hallen en óptimas condiciones; la estimulación con drogas; el empleo de animales como vehículo (tracción a sangre); y aquellas actividades que provoquen lesiones.
También define como “actos de crueldad” a la práctica de vivisección sin fines científicos; la mutilación sin fines sanitarios; la intervención quirúrgica sin anestesia; el causal de muerte; lastimar y arrollar animales intencionalmente; la realización de riñas de animales, corridas de todos, novilladas y parodias donde se mate o hiera a un animal; y el envenenamiento e intoxicación.
Las penas propuestas para los actos de maltrato o crueldad van desde los 15 días a los 2 años de prisión. Sin embargo, en casos donde se compruebe el dolo, la penas podrán ser elevadas a 3 años. Del mismo modo, se fijan las multas económicas con un máximo de hasta el valor de 50 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, hoy en $352.400 por lo que esas multas podrían llegar a los $17.620.00.
En otro punto, Juliano aclaró que “no serán considerados actos de crueldad, ni comprendidos en los términos de la presente ley, prácticas desarrolladas por los establecimientos agropecuarios en cumplimiento de normas sanitarias y las correspondientes a la actividad productiva”.
“La reforma persigue, en definitiva, un equilibrio razonable entre la protección penal efectiva frente al maltrato y la crueldad, y la necesaria seguridad jurídica para quienes desarrollan actividades productivas legítimas bajo regulación estatal”, remarcó el diputado de Provincias Unidas, quien concluyó que “se trata de armonizar la tutela de los animales como seres sintientes con la sanidad animal, la producción agropecuaria y la salud pública”.





















