El Directorio del Consorcio Portuario Regional aprobó la Resolución 417-05/2025, que prohíbe los derrames de efluentes líquidos. Fija multas, suspensiones y revocación de permisos para las empresas infractoras.
El Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata (CPRMDP) oficializó este martes la Resolución 417-05/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense, que establece un nuevo régimen para el uso de los espacios público-portuarios y sanciones específicas ante el derrame de aguas residuales y efluentes líquidos por parte de camiones que transportan pescado fresco.
La medida surge del expediente 6242-CPRMDP-25, donde se detalla la problemática generada por los residuos que se vuelcan desde los vehículos en distintos sectores del puerto, provocando olores desagradables, proliferación de plagas y afectación de las actividades de los permisionarios.
Un problema recurrente en el puerto
En su informe, la Gerencia de Explotación explicó que la normativa vigente —la resolución 376-08/2023— regula el ordenamiento vehicular, pero no contempla un mecanismo sancionatorio para los derrames que se producen a través de las canillas de desagüe de los camiones.
Esto derivó en que, hasta ahora, solo se realizaran llamados de atención a modo de “apercibimiento”, sin herramientas para penalizar la conducta.
El área técnica destacó la necesidad de una normativa específica para regular el derrame de efluentes líquidos y fijar sanciones proporcionales, que podrían incluir multas, suspensión de actividades o revocación de permisos, según la gravedad del hecho.
Dictamen legal: un bien de dominio público
La Asesoría Legal Externa avaló el proyecto y recordó que los puertos son bienes de dominio público, sujetos al régimen del derecho administrativo y a reglas de uso y protección estrictas.
Según el dictamen, quienes operan en el ámbito portuario tienen la obligación de respetar las reglamentaciones dictadas por la autoridad administradora, en este caso el CPRMDP, conforme a la legislación nacional y provincial.
Qué prohíbe la nueva resolución
El Directorio resolvió por unanimidad:
- Prohibir en todo el Puerto de Mar del Plata el derrame de efluentes líquidos, aguas residuales o residuos orgánicos provenientes de camiones de transporte de pescado fresco o productos similares.
Escala de sanciones
La resolución fija un esquema de penalidades crecientes:
- Primera infracción: multa de $150.842 y prohibición de ingreso al puerto hasta acreditar el pago.
- Segunda infracción: multa de $294.364, con la misma restricción de acceso y posibilidad de suspensión del vehículo o empresa por hasta 90 días.
- Tercera infracción o más: multa de $725.123, prohibición de ingreso y posibilidad de revocar el permiso de operación por 2 años para el infractor.
El monto de las multas quedará sujeto al cuadro tarifario vigente del CPRMDP.
La resolución fue firmada por el presidente del Consorcio, Marcos H. Gutiérrez, y el director secretario, Eduardo Mayer, y ya se encuentra en vigencia tras su publicación oficial.
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