La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece un marco actualizado para controlar y eliminar la enfermedad que afecta a los cerdos y puede transmitirse a otras especies. Incluye mayores exigencias de bioseguridad, controles periódicos y la clasificación sanitaria obligatoria de los establecimientos porcinos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky mediante la Resolución 810/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial. La norma, firmada por la presidenta del organismo, María Beatriz Giraudo Gaviglio, actualiza la estrategia sanitaria vigente desde 2009 e introduce nuevas herramientas de vigilancia, diagnóstico y bioseguridad para toda la producción porcina del país.
La enfermedad de Aujeszky -también conocida como pseudorrabia- es causada por un herpesvirus que afecta a los porcinos domésticos y silvestres, y puede transmitirse a otras especies de mamíferos, con consecuencias mortales. El Senasa advirtió que su presencia genera pérdidas económicas significativas, afecta la productividad, restringe el comercio y pone en riesgo la sanidad animal.
El Senasa y su plan nacional de control y erradicación de la “pseudorrabia”
La resolución dispone que el plan se aplicará en todo el territorio nacional, alcanzando tanto a las granjas de producción intensiva como a los criadores de menor escala. Entre las principales medidas, se establece:
- La clasificación sanitaria obligatoria de los establecimientos porcinos en categorías como “libres”, “bajo vigilancia”, “infectados” o “en saneamiento”.
- La realización de análisis serológicos periódicos para mantener la certificación de libre de la enfermedad.
- La presentación de planes de saneamiento en los predios donde se detecten brotes.
- La prohibición de movimiento de animales infectados y la obligación de despoblamiento en los casos de alto riesgo sanitario.
- La vacunación supervisada por veterinarios acreditados y registrada en los sistemas informáticos del Senasa.
Además, el organismo derogó la resolución 474/2009, que regía el anterior programa de control, e incorporó criterios de diagnóstico actualizados, mayor trazabilidad y el uso de tecnologías digitales para la vigilancia epidemiológica.
La norma también establece la colaboración con provincias, municipios y entes sanitarios, que podrán desarrollar planes complementarios adaptados a la realidad productiva de cada región. Los productores deberán permitir el ingreso de inspectores del Senasa para fiscalizar las medidas sanitarias, mientras que el incumplimiento será sancionado conforme a la Ley 27.233 de sanidad agroalimentaria.
El nuevo plan entrará en vigencia dentro de 180 días y busca garantizar la sanidad del rodeo porcino argentino, fortalecer las exportaciones y mejorar la competitividad del sector en línea con los estándares internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
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