El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, firmó una resolución en la que se faculta a cualquier funcionario que sea subsecretario o superior a ese cargo –dentro de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación- la posibilidad de emitir el acto denegatorio de información.

“Delégase en los Titulares de unidades organizacionales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con rango equivalente o superior a subsecretario, la facultad para emitir el acto denegatorio de información dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública“, consigna el artículo 1 de la Resolución 323/2021, que se publicó este martes en el Boletín Oficial.

Esta medida, básicamente, implica un obstáculo más para los periodistas, las organizaciones y los ciudadanos que quieren hacer uso de su derecho de acceso a la información pública.

Entre los considerandos del texto, señalan que “la Ley N° 27.275 y su modificatorio tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública”.

“La mencionada Ley N° 27.275 y su modificatorio establece que el sujeto requerido, solo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado, y que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida“, aclaran.

 

De acuerdo con el documento oficial, la resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

 

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